La esclavitud del siglo XXI: la trata de personas

La esclavitud del siglo XXI: la trata de personas

Por publicado originalmente en CONOZCA edición 2016.1

La trata de personas es uno de los delitos que más se reporta en los noticieros nacionales e internacionales.  Consiste en el secuestro, el traslado o la acogida de seres humanos con fines de explotación. Se estima que anualmente hay al menos entre 600.000 (seiscientos mil) y 800.000 (ochocientos mil) niños, mujeres y hombres que son víctimas de la trata de personas a través de fronteras internacionales.[1] Aproximadamente el 80 % (ochenta) por ciento de las víctimas de la trata de personas son mujeres y el 50 % (cincuenta) por ciento son menores de edad.[2]

Personas perversas captan a estos por medio de mecanismos coercitivos por amenaza, estafa, fraude, violencia, y abuso de una posición dominante. Es la segunda industria criminal más grande en el mundo de hoy, y es la de más rápido crecimiento.[3] El valor total de mercado de la trata de personas se estima en más de U$S 32 (treinta y dos) mil millones de dólares.[4]

La Convención de Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional establece “El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”.[5]  En este siguiente artículo trataremos el qué, el porqué, y el dónde de la trata de personas.

1.  El qué:  La trata de personas se caracteriza por tres elementos fundamentales. 

  1. Una actividad – la movilización de la persona (captación, reclutamiento, traslado, retención).
  2. Unos medios – abuso de poder, engaño, amenaza, y distintas formas de vicios del consentimiento.
  3. Una finalidad – la explotación de la persona (con fines económicos o no).

No confundamos la trata de personas con el tráfico ilícito de personas; es decir, el contrabando.  El Protocolo contra el Tráfico ilícito de Migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, define el tráfico ilícito de migrantes como: “la facilitación de la entrada ilegal de una persona a un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.”

El tráfico ilícito de personas (contrabando) presenta las siguientes características: a. Es un delito contra el orden migratorio. b. En el tráfico el lucro se genera por el servicio de migración irregular o ilegal. c. La relación entre traficante y víctima es de corta duración, termina una vez llegado al destino. d. Siempre implica cruce de fronteras. e. El mayor riesgo de vida se encuentra en la etapa de tránsito donde ocurre el traslado y cruce fronteras.

En cambio en la trata de personas a. Se vulneran sustantivamente derechos humanos. b. El lucro se genera mediante la explotación de la persona. c. La relación entre tratante y víctima es prolongada, genera muchas veces vínculos ambivalentes. d. No siempre implica cruce de fronteras (trata interna). e. El mayor riesgo de vida o grave daño físico y psicológico se produce durante el proceso de explotación.

La finalidad de la trata de personas es siempre la explotación de la víctima.  Esta explotación puede incluir alguna de las siguientes formas:

  • Trabajo forzado que puede darse en maquilas, fábricas, trabajo agrícola, plantaciones, minas, construcción, pesca, mendicidad, trabajo doméstico.
  • La servidumbre u otras formas inhumanas de trabajo.
  • La venta o entrega ilegal de niños/as para su adopción.
  • Los matrimonios serviles.
  • La extracción de órganos.
  • Niños soldados o soldados cautivos.
  • La explotación en el comercio sexual, prostitución forzada, pornografía, turismo sexual, entre otras.

2.  El porqué de la Trata de Personas y las causas: 

La Cultura y la Trata de Personas:  Existen distintos paradigmas culturales que contribuyen a la actividad delictiva de la trata de personas. Entre muchos podemos citar:

Creencias del karma: Refuerzan las ideas de que los sufrimientos se deben a las acciones que él/ella llevó a cabo en su vida anterior.

La sociedad patriarcal: Comunidades que refuerzan la desvalorización de las mujeres y de las niñas y permite la explotación de ambas.

Trabajo infantil: Comunidades que valoran a los niños en base a sus contribuciones económicas, lo cual perpetúa la práctica de la esclavitud por deudas, donde se puede vender a los niños para así saldar la deuda de la familia.

Vergüenza y el honor de la familia: La mayor parte de las víctimas de la trata de personas provienen de sociedades en las que se da mucha importancia a la virginidad y a la pureza. Cuando muchas de estas chicas sufren violencia psicológica y hasta torturas para que cedan por la fuerza a cooperar sexualmente, estas mismas víctimas a menudo no tratan de escaparse debido a los sentimientos de abrumadora vergüenza por causa de su condición actual como “objetos sucios.”

La virginidad: Algunas culturas enseñan que acostarse con una virgen sana las enfermedades de transmisión sexual, incluso el VIH/SIDA. Esto hace que se exista una demanda de niñas para explotación sexual.

La Trata de Personas con fines de explotación sexual y laboral, nace de múltiples causas. Entre ellas se pueden mencionar la existencia de una cultura de promiscuidad sexual alentada por los medios de comunicación que implícitamente condona el abuso sexual de niños en sus hogares y fuera, la demanda de sexo (zonas legales de prostitución y turismo sexual) y la pornografía.  La cultural de promiscuidad contribuye a la cosificación de la mujer y la deshumanización en sí.  Existen causas gubernamentales como la corrupción, crimen organizado, inmigración ilegal, personales sin documentación y el crimen organizado.  Las causas sociales incluyen la pobreza, falta de educación y trabajo.  El hogar disfuncional también puede contribuir a la trata de personas cuando hay huérfanos, niños en la calle y niños de la calle. Los que han sido abusados sexualmente en sus hogares son vulnerables; como también los niños/adolescentes que escapan de sus casas. (El tiempo promedio que lleva para que un niño que escapó de su casa sea contactado por un tratante de personas es de 48 horas.)

3.  El dónde:  Lugares donde buscar seres humanos traficados y explotados.  En especial se debe considerar lugares como:  salones de manicuría/pedicuría, obras en construcción. casinos, talleres de ropa, servicios de limpieza de casas y hoteles, zonas conocidas por la prostitución, salones de masajes, prostíbulos, y más.

4.  Conclusión:  ¿Qué se debe hacer?

Hay tres aspectos en especial que se deben implementar en la lucha contra la trata de personas.  En primer lugar está la prevención (eliminando en forma especial condiciones y situaciones de riesgo para que niños, adolescentes y mujeres no sean vulnerables víctimas). Campañas de concientización en escuelas, hospitales, centros barriales, iglesias, deben ser llevadas a cabo permanentemente.  En segundo lugar está la persecución contra los autores del delito.  Existe legislación incriminando la trata pero es menester fortalecer los mecanismos legales y judiciales para la aplicación de la ley y sanción de estos delitos.  Finalmente, es imprescindible la protección y atención integral a las víctimas (protección a los testigos de estos delitos; apoyo y atención integral a las víctimas para una reinserción social).

La Iglesia es siempre el agente para llevar adelante la MISSIO DEI

La misión de la Iglesia es la misión de Dios (MISSIO DEI) la cual comprende tanto la proclamación de las Buenas Nuevas así como demostrar en hechos la verdad que anunciamos: Cristo vino a buscar, rescatar, liberar y redimir lo que se había perdido.

Servir tangiblemente a los más vulnerables y más necesitados (que por lo general son las mujeres solas y los niños en todas las sociedades de todos los tiempos) y alcanzar con el mensaje de salvación a los perdidos no son dos cosas opuestas. Son las dos caras de la misma moneda: el Evangelio del reino de Dios. En Lucas 4:18, Jesús anuncia e inaugura su ministerio público. Él dice: “El Espíritu del Señor está sobre mí” y continúa explicando el propósito de esa unción: para predicar buenas nuevas a los pobres, a los cautivos, y a los oprimidos. Hay millones de seres humanos que están siendo cautivos y oprimidos no solo emocional y espiritualmente sino también en forma física en talleres clandestinos, campos, prostíbulos, etc. Ellos también esperan los pies de los que anuncian la genuina y tangible salvación que Jesús ofrece.

Es tiempo que nuestras comunidades de fe no ignoren esta esclavitud del siglo XXI. Participemos en programas de prevención y proyectos de cuidado posterior de víctimas de la trata de personas. Pero por sobre todo luchemos contra esta iniquidad con armas espirituales porque no tenemos lucha contra sangre y carne, sino contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes.” Efesios 6:12.

 

 


[1] Departamento de Estado de los EUA.

[2] Departamento de Estado de los EUA.

[3] Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos

[4] Informe Mundial de la Trata de Personas 2014, Oficina de las Naciones Unidas contra la droga y el delito. En Internet en https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/glotip/GLOTIP14_ExSum_spanish.pdf.

[5]  ”El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños” que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional establece en su artículo 3 que:

a) Por “trata de personas”  se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;

b) El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;

c) La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará “trata de personas” incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo;

d) Por “niño”  se entenderá toda persona menor de 18 años.

 

Bibliografía

FAST, Hands that Heal: International Curriculum to Train Caregivers of Trafficking Survivors

Mutti, Marcelo (2005): La trata de personas como sistema delictivo. Documento de trabajo Estudio Comparado de la Vulnerabilidad de los sistemas de apoyo a la corrupción. Instituto de Investigaciones Administrativas. FCE – UBA.

La Trata de Mujeres con fines de explotación sexual en el MERCOSUR, Reunión de Ministras y Altas Autoridades de la Mujer del MERCOSUR

Páginas de internet:

www.unodc.org/unodc/en/trafficking_human_beings.html

https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/glotip/GLOTIP14_ExSum_spanish.pdf

Gilbert Contreras

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